El máximo tribunal del país emitió precisiones sobre su resolución en torno a la Ley de Tierras, una norma que regula la propiedad y el acceso al suelo en Argentina.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación salió a aclarar los alcances del fallo que dictó en relación a la Ley de Tierras, una ley que limita la compra de suelo rural por parte de extranjeros en el territorio argentino. Entre otras cuestiones, se aclaró que el fallo no resolvió la cuestión de fondo, pueso no se expidió sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023 (que había derogado la Ley 26.737); sino que la decisión se limitó a cuestiones de índole procesal. En ese contexto, mediante una medida cautelar interina, la Corte suspendió los efectos de la derogación del artículo 154 del DNU, reestableciendo de manera provisoria los límites a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros.
Las precisiones apuntan a despejar dudas sobre qué partes de la norma siguen en pie y cuáles fueron cuestionadas por el tribunal.
Esta ley, que existe desde 2011, puso topes a la cantidad de hectáreas que pueden estar en manos de ciudadanos o empresas de otros países. La discusión legal llegó hasta la Corte luego de una serie de planteos judiciales que cuestionaban aspectos específicos de su aplicación, y el fallo generó interpretaciones muy distintas entre especialistas, funcionarios y organizaciones vinculadas al agro y a los pueblos originarios.
El tema tiene peso político en varias provincias patagónicas y del norte del país, donde la concentración de tierras en manos extranjeras fue históricamente un punto de tensión.


